Nota Informativa de KEI

Propuesta de la Unión Mundial de Ciegos relativa a un Tratado de la OMPI para los ciegos, las personas con deficiencias visuales y otras personas con discapacidad para la lectura

Original: inglés

14 de octubre de 2008

Introducción

Encuéntrese adjunto una propuesta de la Unión Mundial de Ciegos relativa a un Tratado de la OMPI que dé mejor acceso a los ciegos, las personas con deficiencias visuales y otras personas con discapacidad para la lectura.

Las dos características principales de la propuesta de tratado son: (1) estipular una norma mínima para las limitaciones y excepciones para los ciegos y las personas con deficiencias visuales, y (2) permitir y estimular la importación y exportación de obras en formatos accesibles.

Antecedentes del proceso

Desde el 2003, la Unión Mundial de Ciegos ha estado solicitando al Comité Permanente de la OMPI sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos (SCCR) que responda a la necesidad de armonizar y establecer normas en materia de limitaciones y excepciones al derecho de autor con el fin de facilitar la publicación y distribución de obras protegidas que sean accesibles a las personas ciegas o con otras discapacidades visuales.

A partir del 2005, el Gobierno de Chile comenzó a solicitar a la OMPI que tratara el tema de limitaciones y excepciones obligatorias mínimas al derecho de autor. La propuesta de Chile se concentraba en las necesidades de las personas con deficiencias visuales, así como en cuestiones relativas a educación, bibliotecas, archivos, y servicios innovadores. En febrero de 2007, la OMPI publicó un detallado informe de Judith Sullivan titulado “Estudio sobre limitaciones y excepciones al derecho de autor, en beneficio de las personas con deficiencias visuales”. En la reunión del SCCR de la OMPI celebrada del 10 al 12 de marzo de 2008, Brasil, Chile, Nicaragua y Uruguay presentaron una nueva propuesta, que ampliaba la propuesta de la Delegación de Chile (SCCR/13/5). Varias delegaciones “subrayaron la necesidad de medidas rápidas para mejorar el acceso de las personas con deficiencias visuales a obras protegidas.” La reunión del SCCR de la OMPI que tendrá lugar los días 3 al 7 de noviembre de 2008 discutirá este tema.

Con el fin de progresar en las deliberaciones en el SCCR y para aportar propuestas concretas, la Unión Mundial de Ciegos convocó un grupo de expertos y preparó una propuesta de tratado.

Razones para el Tratado

Hoy en día las personas ciegas o con discapacidad para la lectura se enfrentan a enormes obstáculos para tener acceso a obras protegidas por los derechos de autor. En un mundo ideal, los editores distribuirían sus  obras en formatos accesibles para las personas ciegas, con deficiencias visuales y con discapacidad para la lectura. Pero en la práctica, esto solo ocurre en raras ocasiones. En los mercados más ricos1, menos del 5 por ciento de los libros que se publican son accesibles a las personas ciegas, y el acceso en los países en desarrollo suele ser aún más limitado. Al mismo tiempo, las innovaciones en tecnología de la información han creado estupendas oportunidades de ampliar el acceso. Tradicionalmente las personas con deficiencias visuales han dependido de libros auditivos que son poco prácticos, de publicaciones en papel con braille grabado que son caras, y de libros impresos con letra grande.

Actualmente estos métodos se están complementando con una serie de nuevas tecnologías digitales. Usando formatos como el Sistema Digital de Información Accesible (DAISY), es posible publicar obras con índices de muy fácil manejo y tecnologías de búsqueda que pueden utilizarse en audio, braille electrónico, o lectores de letra grande. A través de Internet o de las redes de telefonía móvil se pueden distribuir documentos a muy bajo coste. Los precios de los nuevos aparatos digitales de lectura varían dependiendo de su funcionalidad y su propósito, pero se están haciendo muy asequibles, incluso en los países en desarrollo.

Aunque las nuevas tecnologías hacen posible imaginarse un mundo en el que las personas con deficiencias visuales tengan acceso a una amplia gama de documentos al mismo tiempo que las personas con visión, el contexto jurídico obsoleto constituye una barrera. Con mucha frecuencia es demasiado difícil o imposible obtener licencias de los titulares del derecho de autor. Algunos países tienen limitaciones y excepciones en las leyes de derecho de autor para permitir que las personas con discapacidad para la lectura tengan acceso a las obras sin tener que obtener un permiso de los titulares de derechos, pero las disposiciones varían considerablemente de un país a otro y suelen ser bastante restrictivas o se aplican sólo en tecnologías más antiguas, como el braille en relieve sobre papel. A la Unión Mundial de Ciegos le preocupa en particular el hecho de que los actuales regímenes de limitaciones y excepciones no permiten las importaciones y exportaciones de obras. Como consecuencia de estos factores, el número total de obras accesibles es muy bajo, sobre todo en países con mercados más pequeños.

Propuesta de Tratado

La Unión Mundial de Ciegos busca expandir el acceso a los libros mediante una plataforma mundial para distribuir obras accesibles. Ello implica la creación de una norma mínima mundialmente armonizada para las limitaciones y excepciones de los derechos de autor a favor de las personas ciegas, con deficiencias visuales y discapacidad para la lectura, que permita a las personas que cumplan con ciertos requisitos la exportación y la importación de obras en formatos accesibles. Se prevé que esta propuesta facilitará un mayor acceso a las obras en virtud de las limitaciones y excepciones a los derechos de autor, y también motivará a los editores a publicar obras en formatos accesibles.

La estructura básica de la propuesta está constituida por dos niveles de limitaciones y excepciones a los derechos de autor. Las instituciones sin ánimo de lucro tendrían derecho a publicar y distribuir obras en formatos accesibles, siempre que reunieran cuatro condiciones:

1. La persona u organización que deseé realizar una actividad al amparo de esta disposición debe tener acceso legal a la obra o a la copia de esa obra;

2. La obra se convierte a un formato accesible -que puede incluir cualquier medio necesario para recorrer la información en el formato accesible-, pero no introduce más cambios que los necesarios para que una persona con deficiencias visuales pueda tener acceso a la obra;

3. Los ejemplares de la obra se suministran exclusivamente a personas con deficiencias visuales; y

4. La actividad se lleva a cabo sin ánimo de lucro.

La propuesta de tratado también estipula excepciones más limitadas para que editoriales comerciales pongan obras a disposición de las personas con deficiencias visuales cuando:

“La obra o copia de la obra que ha de convertirse a formato accesible no esté razonablemente disponible en un formato idéntico o prácticamente equivalente que permita el acceso a las personas con deficiencias visuales, y la entidad que proporciona este formato accesible dé aviso de dicho uso al titular del derecho de autor, y se disponga de remuneración adecuada para el titular del derecho.”

Los mayores beneficiarios del tratado serán los ciegos y las personas con deficiencias visuales que viven en países en desarrollo, ya que tendrán un acceso mucho mayor a obras actualmente disponibles únicamente en países de ingresos elevados. Sin embargo, los países desarrollados también se beneficiarán enormemente de la liberalización del acceso a colecciones extranjeras de obras accesibles, y de la expansión de los derechos de las personas con deficiencias visuales, incluso en cuestiones tales como medidas de protección tecnológica o contratos restrictivos. Es más, dada la importancia de las economías de escala, todo el mundo se beneficiará de un mercado mundial más grande para las obras accesibles.

Para más información dirigirse a:

World Blind Union (Unión Mundial de Ciegos) (WBU):

Christopher E.B. Friend, Presidente

Grupo de Trabajo de la WBU sobre el derecho de autor y el derecho a leer.

Teléfono: 44-1-444-446-663; Celular: 44-79-195-52170

CFriend@sightsavers.org

Knowledge Ecology International:

Judit Rius Sanjuan

judit.rius@keionline.org

Thiru Balasubramaniam

Representante en Ginebra

Teléfono: 41-22-791-6727

thiru@keionline.org

1  Según la Organización Mundial de la Salud, el 90 % de las personas con deficiencias visuales vive en países de ingresos bajos o moderados