On Thursday, 29 September 2011, Ecuador made the following intervention at the WIPO General Assembly (GA) during the consideration of a Report on the Work of the Standing Committee on Copyright and Related Rights (SCCR) which called for the WIPO GA to convene a diplomatic conference in 2012 on a treaty on copyright exceptions for persons with reading disabilities provided that SCCR23 reached agreement on a negotiating text for the TVI.
Gracias señor Presidente.El Gobierno del Ecuador, felicita su designación y le desea el mejor de los éxitos en sus labores, a la vez que reconoce la gestión de todos los miembros de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual por el trabajo realizado por más de 24 años, tanto de las delegaciones oficiales, la sociedad civil y los funcionarios de esta institución, no sólo resaltando su rol protagónico y rector del marco internacional de la propiedad intelectual, sino también por la generosidad de escuchar el clamor de un sector como el de los no videntes. Por todo ello, el Ecuador reafirma su compromiso de adoptar y aplicar las normas de propiedad intelectual como un instrumento para el desarrollo económico, social y cultural de nuestro país. Instrumento, que para ser eficaz, debe equilibrar los intereses privados y los intereses públicos, así como el ineludible respecto a las normas relativas a Derechos Humanos.
Es por lo anterior que consideramos de vital importancia que en aplicación de la agenda para el desarrollo se priorice la adopción de un tratado en beneficio de las personas con discapacidad visual, por lo que aprovechando que los Estados miembros en la Sesión 22 del SCCR se comprometieron a recomendar a la Asamblea General que esta última reanude las deliberaciones suspendidas de la Conferencia Diplomática del año 2000, a efectos de poder adoptar el Tratado sobre la protección de las interpretaciones y ejecuciones audiovisuales, quisiéramos poner además, en consideración de la Asamblea, que se analice la posibilidad de que en dicha conferencia diplomática se pueda incluir también el análisis de la excepción al Derecho de Autor en beneficio de las personas con discapacidad visual, dado el gran avance logrado por el Comité Permanente de Derechos de Autor, donde se ha construido un consenso frente a un instrumento que se hace cargo de levantar las actuales barreras para el intercambio y producción de formatos adecuados para las personas Ciegas y con otras discapacidades para acceder al texto impreso. Lo anterior Señor Presidente, sin perjuicio de continuar, en lo demás, el cronograma ya acordado respecto al trabajo del comité en relación a las excepciones para fines de bibliotecas, archivos y educación.
Así, para el Ecuador, es tanto un imperativo ético, como una cuestión de buena gestión de recursos, que esta Asamblea General, por una parte:
a) Instruya al Comité Permanente de Derechos de Autor, que en su próxima sesión de noviembre de 2011 llegue a un acuerdo sobre los términos de referencia necesarios para la celebración de una conferencia diplomática, para un tratado de excepciones y limitaciones obligatorias a los derechos de autor y conexos en beneficio de las personas con discapacidad para acceder al texto impreso; y,
b) Disponga que dicha Conferencia tenga lugar de manera conjunta con la que se convoque para negociar la propuesta de tratado para los artistas audiovisuales o, a más tardar en noviembre del año 2013, si esta última no llegase a celebrarse durante el año 2012.
Así y sólo así, podremos tener los frutos esperados en beneficio de un sector tan olvidado por décadas y que ha sufrido por la falta de acceso a los contenidos protegidos por Derecho de Autor, lo que hace que al estado ecuatoriano le sea difícil concebir, que por importantes que sean los derechos de los artistas audiovisuales, estos merezcan mayor atención o cuidado por parte de esta organización mundial, que los derechos de las personas ciegas o con otras discapacidades; y que por una falta de actualización de las excepciones a los derechos de autor, se les prive de oportunidades para participar de la cultura, contribuir en plenitud de sus capacidades, y de integrarse a la sociedad del conocimiento, recordando que es obligación de los Estados tomar todas las medidas pertinentes, de conformidad con el derecho internacional, a fin de asegurar que las leyes de protección de los derechos de propiedad intelectual no constituyan una barrera excesiva o discriminatoria para el acceso de las personas con discapacidad a materiales culturales.
Señor Presidente, la decisión que proponemos para esta Asamblea en cuanto a la convocatoria de una conferencia diplomática para un tratado que restablezca el equilibrio en materia de derechos de autor en beneficio de las personas con discapacidad, parafraseando una frase que sin duda reconocerá, es un paso dentro de las muchos que esta organización tomará durante esta reunión, y que constituirá un gran salto para la legitimidad del sistema internacional de la propiedad intelectual, y el no hacerlo señor Presidente, sería atentar contra un Derecho Humano y no comulgar con las iniciativas de la OMPI encaminadas a aplicar la Agenda para el Desarrollo, ya que se tendrían que esperar valiosos años, que luego nos pasarán una factura que no podrá pagarse con el simple lamento de unos pocos, ni con los cuantiosos recursos de otros muchos. Es por lo anterior que estamos seguros que Usted señor Presidente buscará la mejor opción para que esta recomendación encuentre una ventana de acceso que ayude a VER a quienes hoy lastimosamente no les es físicamente posible.
Muchas gracias.